viernes, 14 de enero de 2011

Daño colateral

No, no se trata de la película de Andrew Davis del año 2002 protagonizada por Arnold Schwarzenegger, ni siquiera del término utilizado por diversas fuerzas armadas para referirse al daño no intencional o accidental producto de una operación militar (Wikipedia). Aunque, y nunca mejor dicho, “por ahí van los tiros”. Son los “daños colaterales” que ha empezado a provocar la mal denominada “ley antitabaco”.

[Yo prefiero adoptar el término acuñado por mi colega Roberto Fernández Llera y denominarla “ley saludable”, pues el argumento sobre el que descansa la ley “es el problema de salud pública que supone el tabaco”]
(http://misquebrantos.blogspot.com/2010/02/de-humos-leyes-y-economia.html)

Cuando se establece una regulación con el fin de corregir las externalidades negativas que genera el consumo de un determinado bien hay que cubrirse las espaldas y contemplar todos los “efectos colaterales” que dicha regulación pueda generar.

La “ley saludable” - a favor de la que me postulo – también ha causado ya sus primeros “daños colaterales”. Para muestra “tres botones”.

(1)Las denuncias de los hosteleros de que desde la entrada en vigor de la ley cada vez hay mas fumadores que practican el “sinpa” – estrategia para eludir el pago de una consumición – están a la orden del día. Como ahora los clientes fumadores han de abandonar el local para acudir a su cita con el vicio de la nicotina es mucho más fácil escabullirse. Los que salen a fumar y no vuelven son cada vez más. En el país del “Lazarillo de Tormes” todos somos putas y ladrones, la cuestión es fijar el precio. Sin embargo, la solución a este ¿problema? es bien sencilla: las consumiciones han de abonarse en el acto y nadie debería rasgarse las vestiduras cuando el empleado de hostelería nos invite a abonar nuestra consumición en el mismo momento en que nos la sirve.

(2)Parece que las primeras estimaciones indican una caída relevante de la demanda de tabaco (al menos eso dicen desde la Asociación de Estanqueros de Asturias) – aunque quizás, además de la entrada en vigor de la “ley saludable”, habría que tener en cuenta también el efecto de la reciente subida (importante) del precio del tabaco -. De ser así sería esperable un importante descenso de las ventas, que podría acabar en pérdidas de empleo de los trabajadores empleados (valga la redundancia) en los estancos. Y no están las cifras de desempleo como para seguir echando más leña al fuego. Otro daño colateral por tanto.

(3)¿Qué ocurrirá con la recaudación que obtiene el estado a través de los impuestos especiales sobre el consumo de tabaco? Cuando se tomó la decisión de subir estos impuestos, provocando el consiguiente incremento en el precio del tabaco, seguro que se había “dibujado” una demanda inelástica para este bien y se había contemplado que la previsible caída en las ventas del tabaco no sería suficiente como para compensar el incremento en el precio. Los ingresos aumentarían y también la recaudación impositiva. Pero quizás por aquel entonces no se había contemplado el hecho de que la entrada en vigor de la “ley saludable” podría desplazar la curva de demanda de tabaco hacia la izquierda, mermando - ceteris paribus - aún más de lo esperado las ventas. Así que la recaudación que el estado esperaba obtener por este concepto también puede sufrir el “daño colateral” de la nueva ley.

Ver veremos.

martes, 4 de enero de 2011

La Quiniela: Crónica de una muerte anunciada

El dato no deja lugar a dudas, el popular concurso de pronósticos deportivos, La Quiniela (una de las pocas apuestas deportivas legales en España, al menos en este momento), alcanzó en 2010 una facturación de 491,3 millones de Euros, un 7,83% menos que el año anterior.

De esta forma la Liga de Futbol Profesional (LFP) que recibe el 10% de la recaudación dejará de ingresar 4,17 millones respecto al año anterior. También se verán mermados los ingresos de la Federación Española de Futbol (RFEF), que recibe el 1% de la recaudación a través del Consejo Superior de Deportes (CSD). Y por supuesto, también el erario público se resentirá de esta merma en la recaudación de este popular juego.

La Quiniela está en crisis y su estado es preocupante. De hecho, la recaudación de este juego no ha dejado de caer desde 2008 y alcanza ya niveles cercanos a los que presentaba en 2006.

Desde mi punto de vista hay tres hechos que pueden haber causado, en parte, esta caída libre.

(1)En primer lugar está el “modelo escocés” al que se ve, temporada tras temporada, abocada la denominada “mejor liga del mundo” (cuyos partidos constituyen la base del cupón de apuestas de La Quiniela).
Desde hace tiempo los encuentros del Madrid y del Barsa (excepto cuando se enfrentan entre ellos) son signos “casi” seguros, lo que reduce de 15 a 13 los pronósticos que habría que acertar para obtener el premio máximo; si además tenemos en cuenta las posibilidades que se ofrecen a través de las apuestas múltiples autorizadas (por ejemplo, pueden jugarse 9 triples – en este caso tan sólo tendríamos que atinar 4 resultados para obtener el premio máximo – ), la dificultad del juego queda considerablemente mermada con lo que es probable que cada semana aparezca un ganador, que no se generen botes y que el juego pierda atractivo.

(2)La irrupción en el mercado del juego de las casas de apuestas deportivas online puede haber “canibalizado” parte de las ventas de La Quiniela.
Aunque al tratarse de un sector carente de regulación (y por tanto de estadísticas fiables) en España, no pueda analizarse su impacto sobre este juego con cierto rigor, hay ciertas evidencias que apuntan hacia un efecto negativo. Por ejemplo, si analizamos con detalle cuál ha sido la evolución de la recaudación de La Quiniela en Madrid y País Vasco (CC.AA. que llevan "trabajando" desde 2008 con operadores privados de apuestas deportivas), veremos que en el año 2009 (respecto al año 2008), en Madrid la recaudación de La Quiniela ha caído un 15,47% mientras que en el País Vasco las ventas de La Quiniela se han incrementado en ese mismo periodo en un 0,46% (apenas han variado) - sin embargo este dato puede resultar engañoso, pues si nos fijamos en provincia a provincia, en Vizcaya las ventas han caído un 1,94% y en Álava un 8,29%, el hecho de que en Guipuzcoa las ventas hayan aumentado un 7,83% es lo que hace que la variación global para la CC.AA. sea casi cero.

NOTA: El incremento que han experimentado las ventas de La Quiniela en Guipuzcoa estoy convencido de que puede explicarse en gran medida por la "buena marcha" y el posterior ascenso a Primera División de la Real Sociedad. En un artículo publicado en el International Journal of Sport Finance (2008) se muestra una cierta evidencia de que el hecho de que una provincia tenga un equipo en Primera División tiene un impacto positivo sobre el volumen de apuestas de La Quiniela efectuadas en esa provincia.

Una “buena” regulación (distinta a la que se contempla en el anteproyecto de ley) del sector de las apuestas online permitiría en buena medida compensar esta pérdida

(3)Por último, el “partido de los lunes” ha hecho un flaco favor a La Quiniela. Primero, porque si el partido del lunes se incluye en el boleto, hay que esperar hasta ese día para dilucidar quién se lleva el premio máximo, con lo que se dilata el tiempo de espera entre la realización de la apuesta y el resultado de la misma afectando a la demanda de este juego. Y segundo, porque si no se incluyera el partido del lunes, su recaudación podría quedar a expensas del partido que las televisiones elijan para ese día (¿se arriesgaría Loterías y Apuestas del Estado a no incluir el partido del lunes en el boleto pudiendo ser este, digamos, un Madrid-Barsa?).

La situación es crítica. Quizás una revisión del formato y estructura del juego sea lo más apropiado, lo que está claro es que algo hay que hacer. En eso estamos.

jueves, 16 de diciembre de 2010

"¿Y si cae aquí?"

Tres individuos comentan una entrevista publicada en la Sección de Sociedad del periódico ABC del 16 de diciembre de 2010…

“El próximo miércoles, cuando acabe el sorteo de Navidad, la mayoría de españoles se darán cuenta de que, un año más, no les ha tocado nada. Será lo más probable, lo dice la estadística: sólo el 5% de los números resultan premiados, otro 10% recupera lo invertido; y el 85% no gana ni un euro.”

Voz en off: Entonces, ¿por qué compramos Lotería de Navidad?

El entrevistado es Manuel de León, director del Instituto de Ciencias Matemáticas e investigador del CSIC. Según él “Apostamos por tradición y porque parece que el del Gordo es un sorteo que reparte mucho dinero”. Sin embargo, “desde el punto de vista frío, uno no debería jugar”, explica. Y añade: “Sólo hay una posibilidad entre 85.000 de que toque el Gordo y el premio no es demasiado alto”.

Individuo 1: Pero…. “¿Y si cae aquí?”

Voz en off: Sigo sin entenderlo.

Individuo 1: La clave es el efecto arrastre y la externalidad de red positiva que se genera en el consumo de lotería.

Individuo 2: No entiendo lo de externalidad de red. ¿Qué beneficio me reporta a mi que otros compren lotería? ¿Los premios no son los mismos, independientemente de la cantidad de números que se vendan?

Individuo 3: La idea de que todo el mundo en la Facultad se jubile por un premio de la lotería y te quedes tú sola trabajando ¿Qué te parece? ¿Incentiva a comprar lotería en la cafetería? (…)

Individuo 2: Sí, pero eso yo lo relaciono con el efecto arrastre, y qué me vas a contar, si compré lotería de Urgencias, porque cuando fui a pedir un décimo de Económicas, me entendieron mal, y me ofrecían uno de urgencias. ¡Como pa decir que no! ¿Y si toca?

Individuo 3: En la medida que se ha convertido en una tradición yo creo que si hay algo de economías de red. En la de navidad si hay algo de rito colectivo que aumenta el bienestar de comprar un décimo.

Individuo 1: De hecho el efecto arrastre es un ejemplo de externalidad de red positiva (la cantidad de un bien demandada por un consumidor aumenta en respuesta al crecimiento de las compras de otros - lo que ocurre con la Lotería de Navidad, ¿no? -). La clave está en el comentario del individuo 3; no es tanto por el efecto positivo que pueda producir sobre tu utilidad (valor esperado) el incremento de consumidores, sino por la desutilidad que podría generar el hecho de que todos compren menos tú. Al final compramos (generalmente) porque otros compran y este efecto arrastre genera una externalidad de red positiva que hace que la demanda de mercado de este producto aumente debido a un doble efecto: por el aumento de la demanda individual en sí misma y por el aumento de las demás demandas individuales.

Individuo 1: Obviamente también suscribo el segundo comentario del individuo 3.




#Nota del autor: Los comentarios de los individuos son transcripciones (mas o menos) literales de los comentarios de dos colegas (economistas) y míos propios efectuados en le contexto de una discusión sobre el tema en Facebook (ver “mi perfil”).

viernes, 15 de octubre de 2010

A vueltas con los incentivos

Dice Wikipedia que la política económica - no debe confundirse con economía política – “es la estrategia que formulan los gobiernos para conducir la economía de los países”. Y añade que “esta estrategia está constituida por el conjunto de medidas, leyes, regulaciones, subsidios e impuestos que alteran los incentivos económicos para obtener unos fines o resultados económicos específicos”. Por su parte, Paul Krugman (Premio Nobel de Economía, 2008), en su manual “Fundamentos de Economía” (libro de texto que recomiendo como bibliografía básica a mis alumnos de primero), define los incentivos como la “recompensa que se ofrece a los individuos para que cambien o alteren su comportamiento”. Lo que está claro es que el principio de que los individuos aprovechan todas las oportunidades de mejorar es la base de todas las predicciones sobre la conducta individual. Así, los individuos responden a los incentivos cambiando su comportamiento porque dicho cambio les ofrece algún tipo de recompensa.

En Cataluña se pretende establecer un “incentivo económico” para aquellos médicos que disminuyan el número de bajas laborales emitidas (incentivo que ya funciona desde hace tiempo en Madrid y Murcia) con el objeto último de atajar el elevado absentismo laboral pero sobre todo de aliviar las arcas de la Seguridad Social.

Lo primero que me cuesta entender es porqué hay que “incentivar económicamente” a un individuo por hacer su trabajo; emitir, o no, informes de bajas laborales forma parte de las funciones de un médico y se entiende que estas funciones ya están retribuidas en su sueldo (lo mismo, por ejemplo, para los cuerpos de seguridad del estado, que cobran un incentivo en función de las sanciones que imponga, ¿pero no es éste ya su trabajo?). Además, las bajas, o son bajas o no. Es decir, no se puede pretender alterar “artificialmente” su número. Y si se asume que se están emitiendo informes de bajas laborales sin justificación es que algo más grave falla en el sistema que un mero incentivo pueda solucionar.

Lo segundo, y lo que más me preocupa, es que este tipo de incentivos benefician a unos a costa de otros (que el médico no emita una determinada baja laboral puede perjudicar a un paciente que realmente la requiera, que un policía se exceda imponiendo sanciones perjudicaría claramente al sancionado,…) y se convierten en mecanismos perniciosos que rara vez cumplen con el objetivo para el que fueron concebidos. Supongamos que un médico (honesto y racional) ha de dictaminar si un paciente sufre algún tipo de enfermedad o dolencia que justifique, o no, su baja laborar. Tenemos tres posibles situaciones: que la baja esté claramente justificada, que no lo esté, o que exista una cierta duda. En este último caso, y en presencia del incentivo antes mencionado, ¿cuál sería la conducta del médico? Pues eso.

Hay otras posibilidades, como instaurar mecanismos de control y supervisión más exhaustivos, inspecciones,… Y si lo que se pretende es que este tipo de incentivo resulten en un incremento salarial (nótese que la mayor parte de los empleados públicos reciben salarios relativamente bajos y sus nóminas engordan a base de complementos retributivos o incentivos) ¿por qué no aplicar directamente esa subida salarial?

Conste en acta que me parece muy bien que se instauren incentivos de productividad, pero hay que tener cuidado si estos incentivos perjudican a unos para “incentivar” a otros.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

Bolos Asturianos: Una apuesta segura.

Tal y como se indica en Wikipedia “la importancia de los bolos en la cultura tradicional asturiana se hace patente en las leyendas de las ayalgas, de las xanes en las cuales se mencionan bolos de oro(…) estas creencias explican que muchos túmulos reciben el nombre de El Xuegu bolos (Tresmonte, Las Regueras) o la Boleruca de los Moros (Monte Sueve, Colunga) (…) o en otros casos, nombres como La Bolera (El Condado, Laviana) hacen referencia simplemente al lugar dónde se hallaba la bolera del pueblo”, además “la popularidad del juego en Asturias se ve también reflejada en menciones frecuentes de la prensa de los siglos XIX y XX y en abundantes referencias literarias”, de hecho la Federación Asturiana de Bolos data de principios del siglo XX y el share de las retransmisiones televisivas (TPA) de este deporte ha alcanzado ya cifras cercanas al 5% (indicador aceptable). Pero el indicio más relevante de la popularidad de este deporte es que estas retransmisiones presentan un impacto positivo en la audiencia deportiva de la TPA. La popularidad de los Bolos Asturianos queda fuera de toda duda.

Hace unos días se hacía público que la nueva Ley del Juego de Canarias, aprobada poco antes del verano en el Parlamento de Canarias, regularía las apuestas deportivas en la lucha canaria. La recaudación se dividiría en cuatro partes: pago de impuestos, premios, un fondo para la Federación que repartiría entre los clubes, y la parte correspondiente a la empresa concesionaria como explotadora del negocio.

De sobra es conocido que una de las características de los deportes vascos es la apuesta, sobre todo en los tradicionales, ya que hay una ley del gobierno vasco que así lo ampara. De hecho las casas de apuestas deportivas ya son un hecho en Euskadi y su objetivo no es otro que hacerse un hueco en el sector del juego en la comunidad autónoma; y además, hacerlo con una modalidad de apuesta que no existía en Euskadi, pero que recoge parte de la tradición heredada de los frontones, del herri kirolak (deporte rural) y de las traineras, donde los aficionados cruzaban ya apuestas sin regulación alguna.

Una buena oportunidad para el Principado de Asturias sería articular un sistema de apuestas vinculado al deporte de los Bolos Asturianos. Dado su ya justificada popularidad (ver arriba) y el carácter "complementario" que en relación al deporte tienen las apuestas deportivas, creo que funcionaria. Además de que tendría buen marketing a nivel regional (al igual que ocurre con la lucha en Canarias o los deportes autóctonos en Euskadi), bien regulado contribuiría a incrementar las maltrechas arcas del gobierno autonómico.

Por otro lado, tras la caída de muchos patrocinios por la crisis financiera y el recorte de las ayudas públicas, esta nueva fuente de ingresos puede ser clave para garantizar la supervivencia de este deporte. Los aficionados también se verían beneficiados por una mayor oferta de apuestas, protección de los estándares a través de la regulación de la actividad, y por el incremento de utilidad (satisfacción) que supone “complementar” el consumo del deporte con la realización de una apuesta (a parte, claro está, del rendimiento económico que podría obtenerse).

A priori parece una apuesta segura.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

Regulación del juego online: ¿una oportunidad pérdida?

Parece ser que (con casi 3 años de retraso - la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información del año 2007 instaba ya al gobierno a regular el juego online -) ya se están dando los primeros pasos hacia la tan "necesaria" como "demandada" regulación del sector del juego online (no es momento ahora de dirimir acerca de las externalidades negativas que pueda (o no) generar el juego online, simplemente se trata de "regular" una realidad; el juego online existe y su crecimiento es imparable). Tal y como ya se anticipó en “The Economist” los intentos de prohibir los juegos en línea estaban condenados al fracaso y la mejor opción es legalizarlo y fijar tasas para dar un marco de regulación al hábito.[1] Sin embargo, la tarea no es nada fácil, pues las competencias en materia de juegos de gestión privada están cedidas a las Comunidades Autónomas.

Las expectativas no eran demasiado exigentes, tan sólo cabía esperar que la regulación fuese factible a nivel económico para las empresas y la legislación incentivase la instalación de operadores en España. Se trataba de regular un sector de un modo atractivo para todos (empresas, consumidores y sector público), no de "asfixiarlo" con impuestos o tasas prohibitivas. Había que hilar muy fino...

Pues bien, ya se ha hecho público el Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego - la futura Ley del Juego regulará todas las modalidades de juegos de azar, e incidirá en especial en las nuevas formas de juego, entre ellas las apuestas por Internet, por el teléfono móvil, por sistemas interactivos o mediante herramientas informáticas - y a la espera de un análisis mas exhaustivo creo que se va a cometer un gran error en lo que se refiere al régimen fiscal.

La legislación, con la que el Gobierno pretende reforzar la protección de los consumidores y prevenir delitos como la estafa o el blanqueo de capitales, prevé además la creación de un nuevo impuesto, que será diferente para cada tipo de juego y recaerá sobre los operadores. No obstante, y aunque en el anteproyecto no se menciona aún el tipo de gravamen que se aplicará si se deja constancia de que en el caso de las apuestas deportivas con contrapartida (apuestas online con cuota fija) la base imponible estará constituida por los ingresos brutos (modelo Francés - donde se ha establecido una estructura impositiva sobre el volumen de ingresos con un tipo impositivo del 7,5% -) en lugar de por los ingresos netos (modelo Británico - donde el impuesto sobre el juego online se establece sobre las ganancias – beneficios – brutos con un tipo impositivo del 15% -). En mi opinión creo que el Gobierno se equivoca si finalmente aplica el modelo francés para regular el juego online. Con el mismo nivel de gasto, determinados operadores tendrán un volumen elevado y otros tendrán un volumen más reducido, pero en ambos casos obtendrán los mismos beneficios. Esto lejos de regular óptimamente el sector acabará desincentivando la instalación en España de operadores de apuestas deportivas online (que se caracterizan, entre otras cosas, por tener un margen de beneficio muy reducido). Me temo que al final tanto esperar para nada.

El resto no está mal, una gran parte del porcentaje de esa recaudación será para las comunidades autónomas y articulación de un régimen sancionador que será tutelado por un regulador único.

Obviamente Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE quedan exentas.


[1]http://www.economist.com/node/16539402?story_id=16539402