miércoles, 22 de septiembre de 2010

Regulación del juego online: ¿una oportunidad pérdida?

Parece ser que (con casi 3 años de retraso - la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información del año 2007 instaba ya al gobierno a regular el juego online -) ya se están dando los primeros pasos hacia la tan "necesaria" como "demandada" regulación del sector del juego online (no es momento ahora de dirimir acerca de las externalidades negativas que pueda (o no) generar el juego online, simplemente se trata de "regular" una realidad; el juego online existe y su crecimiento es imparable). Tal y como ya se anticipó en “The Economist” los intentos de prohibir los juegos en línea estaban condenados al fracaso y la mejor opción es legalizarlo y fijar tasas para dar un marco de regulación al hábito.[1] Sin embargo, la tarea no es nada fácil, pues las competencias en materia de juegos de gestión privada están cedidas a las Comunidades Autónomas.

Las expectativas no eran demasiado exigentes, tan sólo cabía esperar que la regulación fuese factible a nivel económico para las empresas y la legislación incentivase la instalación de operadores en España. Se trataba de regular un sector de un modo atractivo para todos (empresas, consumidores y sector público), no de "asfixiarlo" con impuestos o tasas prohibitivas. Había que hilar muy fino...

Pues bien, ya se ha hecho público el Anteproyecto de Ley de Regulación del Juego - la futura Ley del Juego regulará todas las modalidades de juegos de azar, e incidirá en especial en las nuevas formas de juego, entre ellas las apuestas por Internet, por el teléfono móvil, por sistemas interactivos o mediante herramientas informáticas - y a la espera de un análisis mas exhaustivo creo que se va a cometer un gran error en lo que se refiere al régimen fiscal.

La legislación, con la que el Gobierno pretende reforzar la protección de los consumidores y prevenir delitos como la estafa o el blanqueo de capitales, prevé además la creación de un nuevo impuesto, que será diferente para cada tipo de juego y recaerá sobre los operadores. No obstante, y aunque en el anteproyecto no se menciona aún el tipo de gravamen que se aplicará si se deja constancia de que en el caso de las apuestas deportivas con contrapartida (apuestas online con cuota fija) la base imponible estará constituida por los ingresos brutos (modelo Francés - donde se ha establecido una estructura impositiva sobre el volumen de ingresos con un tipo impositivo del 7,5% -) en lugar de por los ingresos netos (modelo Británico - donde el impuesto sobre el juego online se establece sobre las ganancias – beneficios – brutos con un tipo impositivo del 15% -). En mi opinión creo que el Gobierno se equivoca si finalmente aplica el modelo francés para regular el juego online. Con el mismo nivel de gasto, determinados operadores tendrán un volumen elevado y otros tendrán un volumen más reducido, pero en ambos casos obtendrán los mismos beneficios. Esto lejos de regular óptimamente el sector acabará desincentivando la instalación en España de operadores de apuestas deportivas online (que se caracterizan, entre otras cosas, por tener un margen de beneficio muy reducido). Me temo que al final tanto esperar para nada.

El resto no está mal, una gran parte del porcentaje de esa recaudación será para las comunidades autónomas y articulación de un régimen sancionador que será tutelado por un regulador único.

Obviamente Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE quedan exentas.


[1]http://www.economist.com/node/16539402?story_id=16539402

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